CÓDIGO DE CONDUCTA

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PROVEEDOR DE CPM

El Código de Conducta de Proveedores de CPM (el “Código”) es aplicable a todos los proveedores del grupo de empresas CPM. Se espera que todos los proveedores, vendedores, contratistas, consultores, agentes, subcontratistas y otros proveedores de bienes y servicios y sus respectivos directores, funcionarios, gerentes, accionistas, miembros, empleados, agentes, contratistas u otros representantes (colectivamente “proveedores”) familiarizarse con el Código y respetarlo como condición para hacer negocios con CPM. El Código reconoce que CPM exige a sus proveedores los más altos estándares de ética empresarial. El incumplimiento del Código puede resultar en la terminación del contrato de suministro actual de un proveedor y la inelegibilidad para cualquier contrato de suministro futuro con CPM. Además, será responsabilidad del proveedor garantizar que cada uno de sus subcontratistas, subproveedores, vendedores u otros agentes y representantes cumplan en todo momento con el Código, y se considerará una violación del Código por cualquiera de los anteriores. una violación del Código por parte del proveedor.

CPM exige que sus proveedores realicen negocios de manera ética y cumplan con los siguientes principios:

defender la ley

El compromiso de CPM con la integridad comienza con el cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos en los lugares donde hacemos negocios. Los proveedores deben comprender y cumplir en todo momento las leyes, normas y reglamentos que les sean aplicables. Además, como empresa con sede en los Estados Unidos, CPM exige que todos los proveedores cumplan estrictamente con la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los EE. UU., así como con cualquier ley anticorrupción aplicable similar.

Competencia

CPM se dedica a la competencia ética, justa y vigorosa. Los proveedores deben tomar decisiones independientes sobre precios y marketing y no cooperarán ni coordinarán actividades de manera inadecuada con sus competidores o empleados de CPM. Los proveedores no ofrecerán ni solicitarán pagos o gratificaciones indebidos en relación con la venta de bienes o servicios a CPM. Los proveedores tienen estrictamente prohibido participar en acuerdos corruptos con clientes, subproveedores, funcionarios gubernamentales u otros terceros. Además, CPM prohíbe a sus proveedores participar en cualquier forma de soborno comercial o del sector público. Los proveedores no ofrecerán, prometerán ni proporcionarán nada de valor, directa o indirectamente, a ningún funcionario gubernamental, ni a ninguna persona o entidad privada, con el fin de inducir al destinatario a ayudar al proveedor (o CPM) a obtener un beneficio personal o comercial. .

Conflictos de interés; Regalos, propinas y cortesías comerciales

El Proveedor debe evitar cualquier relación o actividad que pueda perjudicar, o incluso parecer perjudicar, su capacidad para tomar decisiones objetivas y justas al tratar con CPM. El Proveedor debe evitar cualquier acuerdo financiero o de otro tipo con los empleados de CPM que pueda considerarse inapropiado.

Los empleados de CPM tienen prohibido participar en acciones que creen la percepción de que se buscó, recibió o brindó un trato favorable a un proveedor a cambio de cortesías comerciales personales. Las cortesías comerciales incluyen obsequios, gratificaciones, comidas, refrigerios, entretenimiento u otros beneficios de personas o empresas con quienes CPM hace o puede hacer negocios. El Proveedor no dará ni aceptará cortesías comerciales que constituyan, o que razonablemente puedan percibirse como incentivos comerciales injustos que violen las leyes, regulaciones o políticas de CPM, o que causen vergüenza o reflejen negativamente la reputación de CPM.

Controles comerciales

CPM y sus proveedores están sujetos a ciertas leyes de control del comercio internacional y de EE. UU. que definen dónde CPM puede comprar productos o servicios. Los proveedores no deberán tener ningún trato directo o indirecto con ninguna persona o territorio sujeto a sanciones que impidan a CPM (incluido cualquiera de sus afiliados) tratar con dicha persona o territorio. El Proveedor deberá cumplir en todo momento con todas las leyes de control comercial aplicables relacionadas con la importación, exportación, venta y compra de los bienes o servicios que proporcionará el proveedor a CPM. El Proveedor deberá mantener registros completos y precisos con respecto a todos los bienes y servicios adquiridos y proporcionar la ubicación de las instalaciones y los orígenes conocidos de los materiales para permitir la trazabilidad, previa solicitud de CPM. El Proveedor deberá notificar inmediatamente a CPM sobre cualquier acción, demanda, procedimiento, indagación o investigación pendiente o amenazada por cualquier autoridad gubernamental contra el proveedor con respecto a cualquier presunta violación de sanciones o trato con cualquier persona o territorio sancionado.

Información del propietario

El Proveedor debe en todo momento tomar todas las precauciones necesarias para proteger y mantener la información confidencial y de propiedad exclusiva de CPM. El Proveedor no divulgará ninguna información confidencial o de propiedad de CPM a ningún tercero, a menos que CPM lo autorice por escrito, y solo utilizará la información confidencial y de propiedad de CPM únicamente en la medida necesaria para suministrar los bienes o servicios contratados. El Proveedor no adquirirá ni intentará adquirir por medios indebidos ninguno de los secretos comerciales de su competidor u otra información confidencial o de propiedad exclusiva. El Proveedor no participará en el uso, copia, distribución o alteración no autorizados del software u otra propiedad intelectual.

Mantenimiento de registros corporativos

El Proveedor deberá crear y mantener registros financieros y comerciales precisos de acuerdo con todos los requisitos legales y reglamentarios aplicables, de conformidad con todas las normas contables aplicables. Dichos registros financieros y comerciales estarán disponibles para su auditoría previa solicitud de la CPM. Todas las facturas enviadas a CPM serán verdaderas, completas, precisas, de acuerdo con todas las leyes aplicables y contendrán toda la información razonablemente solicitada por CPM de vez en cuando.

Trate a los empleados con respeto

El Proveedor deberá proporcionar entornos de trabajo seguros para todos sus empleados. El Proveedor deberá mantener y cumplir en todo momento un plan de seguridad y salud ambiental razonablemente satisfactorio para CPM. Dicho plan de seguridad y salud ambiental, y cualquier registro mantenido de acuerdo con el mismo, se pondrán a disposición del CPM cuando lo solicite. El Proveedor deberá en todo momento cumplir o superar todos los demás requisitos legales para la seguridad de los empleados y las condiciones de trabajo.

El Proveedor deberá proporcionar a sus empleados un lugar de trabajo libre de acoso, discriminación u otras formas de comportamiento verbal, visual o físico que creen (o puedan percibirse como creadores) un ambiente de trabajo hostil. El Proveedor respetará los derechos de sus empleados a la libertad de asociación y negociación colectiva.

El Proveedor pagará a todos sus empleados de acuerdo con todas las leyes y regulaciones aplicables sobre salarios y beneficios. El Proveedor no violará ningún requisito legal sobre horas de trabajo. El Proveedor nunca utilizará trabajo forzoso o trabajo infantil (según lo definen los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)).

El proveedor deberá guiarse por las normas, convenios y declaraciones internacionales, incluidos los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP), la Carta Internacional de Derechos Humanos, los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo y las Directrices de la OCDE. para Empresas Multinacionales por el trato respetuoso y justo a sus empleados.

Denunciar violaciones del código

Si el proveedor tiene conocimiento de una violación real o sospechada del Código por parte del proveedor (incluida cualquier persona o entidad que proporcione servicios o bienes al proveedor o en su nombre), el proveedor deberá notificar inmediatamente a CPM enviando una descripción detallada de la violación real o sospechada a [email protected]. CPM se reserva el derecho de auditar al proveedor (incluidos sus libros y registros) en cualquier momento para confirmar el cumplimiento del Código.